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JAQUE MATE / Por los derechos

JAQUE MATE / Por los derechosPor Sergio Sarmiento (30-Sep-2008)"México, país, tiene la obligación vinculante de crear medios… accesibles para la defensa de todos los derechos humanos".Guillermo Ortiz Mayagoitia Fue como un partido de futbol definido en tiempo de compensación. Los ministros de la Suprema Corte de Justicia decidieron ayer en una cerrada votación de 6 a 4, con una ausencia, que los tribunales del país no pueden rechazar por "notoriamente improcedentes" las demandas de amparo en contra de las modificaciones constitucionales que forman parte de la nueva ley electoral. El voto decisivo lo dio el ministro presidente Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien públicamente declaró que había optado por cambiar el sentido de sus decisiones anteriores sobre la posibilidad de impugnar la Constitución a través del juicio de amparo.El fallo es histórico y representa el rechazo a una tradición jurídica que había establecido que las enmiendas constitucionales no pueden ser objeto de amparo. En lo práctico significa que los tribunales tendrán obligación de revisar las 42 demandas de amparo contra el nuevo artículo 41 de la Constitución y entrar al fondo del asunto.Quizá lo más importante fue el razonamiento del ministro presidente, quien señaló que una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 6 de agosto obliga al Estado mexicano a crear medios de defensa para quienes hasta ahora no los han tenido. Ortiz Mayagoitia señaló: "México asumió compromisos internacionales, entre otros, fundamentalmente, el de someterse a la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el conocido asunto promovido por Jorge Castañeda Gutman, al invocarse por éste que el Estado mexicano viola uno de sus derechos fundamentales por no establecer un medio de defensa adecuado para la defensa de sus derechos humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha fallado en contra del Estado mexicano, obligándolo a crear este medio efectivo de defensa".Por lo pronto, el fallo de la Suprema Corte envía los amparos de regreso a los tribunales que los estaban ventilando, sólo que ya los jueces o magistrados no podrán desecharlos por notoriamente improcedentes. Podrán fallar a favor o en contra de las peticiones de amparo y los demandantes de justicia podrán seguir sus procedimientos por los cauces que marca la ley. Pero el precedente que establecía que el ciudadano no tenía defensa contra una enmienda de la Constitución se ha desmoronado.Los diputados y senadores que cambiaron la Constitución para promover su reforma electoral de 2007 sabían lo que hacían. Recurrieron al mismo expediente que usó en 1982 el presidente José López Portillo para asegurar que su estatización de la banca no fuera declarada inconstitucional. Una vez que se enmendaba la Constitución, ya nadie -ni siquiera la Suprema Corte- se atrevía a hacer nada.La ministra Margarita Luna Ramos señaló en una de sus intervenciones ayer la filosofía de la posición tradicionalista: "No estoy juzgando [si las enmiendas] son correctas o no son correctas. La Constitución excluye al poder judicial de la enmienda constitucional". El ministro Sergio Valls sostuvo que la Corte no debe ampliar sus propias facultades.El pleno, sin embargo, rechazó los argumentos conservadores, El ministro ponente, José Ramón Cossío, sostuvo que, independientemente de cuál fuera la decisión final, habría que revisar cuando menos el procedimiento, por lo que no pueden desecharse los amparos por notoriamente improcedentes. Genaro Góngora afirmó que las reformas constitucionales deben ser controladas "no sólo por procedimiento sino también materialmente"; en otras palabras, también por el contenido. Juan Silva Meza reafirmó que la Corte debe revisar la "posible vulneración de derechos fundamentales". Olga Sánchez Cordero dijo que las acciones del Constituyente "son actos de autoridad, por lo tanto sujetos al juicio de amparo".Cuando la votación prefijada en las intervenciones estaba 5 a 4 y se esperaba un empate, el ministro presidente Ortiz Mayagoitia sorprendió a propios y extraños al cambiar su voto tradicional en estos temas y apoyar la ponencia del ministro Cossío. Pero sus argumentos fueron lo más importante. "El juez constitucional -dijo- tiene la potestad de juzgar las leyes". Y añadió que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su reciente decisión sobre el caso Castañeda, obligó al Estado mexicano "a generar medios de defensa de los derechos humanos".Lo controvertido del tema quedó de manifiesto en la decisión de los ministros José de Jesús Gudiño, Fernando Franco, Valls y Luna Ramos de expresar votos particulares de rechazo al fallo. Pero para los mexicanos el que el Congreso y las legislaturas locales no puedan ya modificar la Constitución a voluntad, sin prestar atención a la posible violación de derechos humanos, es una noticia maravillosa. JUSTO O CORRECTO El Congreso de Estados Unidos hizo quizá lo justo al rechazar el plan de rescate de la banca acordado el pasado fin de semana. Es injusto que los contribuyentes salven a una banca que cometió errores por ambición desmedida. Pero ¿fue lo correcto? El mismo desplome de los mercados financieros ayer nos da una idea. El rescate no es justo, pero sin él es posible que se desplome la economía de Estados Unidos y se llegue a una nueva gran depresión. Ahí está la historia de la crisis del 29 y la subsecuente crisis económica que duró casi una década. Lo mismo podría suceder ahora.

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