Derechos humanos en el Ejército Jorge G. Castañeda 30 Abr. 09 Como no tengo nada que agregar -inteligente o bien informado- a lo que todo el mundo ya ha opinado sobre la pandemia/epidemia de influenza porcina, no me voy a sumar a la larga lista de opinadores al respecto. En cambio quiero aprovechar este espacio para ayudar a difundir un documento que tal vez no reciba la atención que merece justamente por motivo de la saturación informativa sobre el virus. Se trata del informe de Human Rights Watch (HRW) divulgado el miércoles en la Ciudad de México por Ken Roth, José Miguel Vivanco y varios miembros de la junta de gobierno de dicha institución (incluyendo, y lo menciono para fines de transparencia, al que escribe) sobre la justicia militar en México. El documento se titula "Impunidad Uniformada. Uso indebido de la justicia militar en México para investigar abusos cometidos durante operativos contra el narcotráfico y de seguridad pública". La tesis central del informe es que hoy, a diferencia del pasado, "la visibilidad de las fuerzas armadas en operaciones de seguridad pública se ha incrementado en el gobierno de Calderón… Las fuerzas armadas mexicanas han cometido graves violaciones de derechos humanos… Una de las principales causas por las cuales estos abusos continúan ocurriendo es que los responsables no son sancionados. Y esta falta de sanciones se debe, en gran parte, a que la mayoría de estos casos terminan siendo investigados y juzgados por los propios militares… En enero de este año, HRW preguntó a funcionarios de la Sedena (el director de derechos humanos, el general Jaime Antonio López Portillo, y el procurador de justicia militar, general José Luis Chávez García) por ejemplos de violaciones graves de derechos humanos juzgadas por la justicia militar que hubieran llevado a la imposición de una condena penal a personal militar, los funcionarios señalaron que existían ‘muchos’. No obstante, sólo pudieron recordar un único caso de 1998… Dado que el sistema de justicia militar no está sancionando a los responsables, es crucial que estos casos sean trasladados al sistema civil de justicia penal. Esta conclusión está plenamente avalada por el derecho internacional… El sistema de justicia militar de México no cumple con estos estándares… las fuerzas militares han interpretado que, según esta disposición, no deben hacer distinción en función de la naturaleza del delito y, por ello, incluso los delitos más aberrantes como la violación sexual y la tortura deben ser juzgados ante los tribunales militares, siempre que hayan sido cometidos en servicio y junto con un delito militar. No obstante, ni la Constitución Política de México ni la Suprema corte de Justicia de la Nación exigen este resultado… la práctica de los militares debería haber cambiado con una jurisprudencia dictada en 2005 por la Suprema Corte, que limitó el alcance de la disposición del Código de Justicia Militar al definir ‘servicio’ como la ‘realización de las funciones propias e inherentes al cargo que desempeña’… En México el tema central no es el contenido de la Constitución, sino la voluntad política para asegurar que los casos de abusos cometidos por el Ejército contra civiles sean juzgados donde corresponde". Si no fuera por un factor, la feroz resistencia del gobierno y del Ejército a cualquier cambio en el fuero militar resultaría invencible. El factor es el autogol que el régimen de Calderón se metió con la Iniciativa Mérida y la ayuda de Estados Unidos contra el narco. Tal y como fue redactada la ley (en parte por HRW) que autoriza los recursos aprobados, 15 por ciento del total, y en realidad el paquete entero, está sujeto a la vigencia del fuero común para los delitos como tortura, violación y homicidio cometidos por soldados, francos o en servicio. Y la voz de HRW en esta materia, como en el debate sobre el Tratado de Libre Comercio con Colombia, es decisiva. Por eso el informe "Impunidad Uniformada" reviste la importancia que en estas líneas se le ha dado.