El ex Canciller Jorge Castañeda Gutman promovió una demanda de amparo para obligar al Estado mexicano a dar cumplimiento a la sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó a su favor en agosto de 2008. En el amparo, Castañeda pidió al Poder Judicial Federal que obligue a los órganos de Gobierno a cumplir con el punto de condena en que la CIDH ordenó reformar la legislación mexicana, para que los particulares cuenten con un recurso para cuestionar la Constitucionalidad de los requisitos de elegibilidad para cargos de elección popular. Hasta ahora, el Congreso no ha reformado la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, en concreto el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, que es al que se refirió la CIDH como el recurso jurídico que tendría que ser modificado.La demanda Castañeda fue admitida a trámite ayer por la juez primera de distrito en materia administrativa, Silvia Cerón, quien emplazó a las autoridades para rendir informes sobre el caso. Se trata del primer amparo con el que se buscará forzar el cumplimiento de un fallo de la CIDH, cuyas resoluciones son obligatorias según estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el caso Rosendo Radilla de julio de 2011."Internacionalmente, el obligado no es el Poder Ejecutivo o del Legislativo, es el Presidente de la República quien en ejercicio de sus facultades Constitucionales ha suscrito los documentos internacionales que obligan al Estado Mexicano", explicó Fabián Aguinaco Bravo, abogado de Castañeda.La reforma al juicio de protección fue el punto más relevante de condena en la sentencia de la CIDH, pues los otros puntos fueron la orden de publicar el fallo y de pagar a Castañeda 7 mil dólares por los gastos del juicio, ambos ya cumplidos.Castañeda demandó a México luego de que no pudo registrarse como candidato independiente a la Presidencia de la República para las elecciones de 2006, pues la ley federal electoral sólo permite registrar a candidatos postulados por un partido político.La CIDH consideró que México tiene derecho a decidir si permite o no las candidaturas independientes, por lo que solo dio la razón a Castañeda en su reclamo por la ausencia de recursos legales para cuestionar la Constitucionalidad de los requisitos de elegibilidad.El juicio de amparo, que es el recurso tradicional para la defensa de derechos fundamentales, no procede en materia electoral.Actualmente, los requisitos de elegibilidad previstos en las 33 leyes electorales del País sólo pueden ser impugnados ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por personas postuladas por partidos políticos, no por ciudadanos en general.En julio de 2009, al supervisar el cumplimiento de su sentencia, la CIDH reiteró que México no ha aprobado la reforma solicitada, pese a que se han hecho varios cambios a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación.